Micelio
Auto4 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante De Oficio Procesado Gomez Gomez Manuel Fernando·Demandado Gomez Gomez Manuel Fernando

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Marinilla, Antioquia.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso penal adelantado contra dos patrulleros de la Policía Nacional por los delitos de lesiones personales.

La Sala observa que en el asunto de la referencia no se satisface el presupuesto subjetivo y, por tanto, no está configurado conflicto interjurisdiccional alguno.

En este caso se tiene que, ante la solicitud del abogado defensor de uno de los acusados, el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Marinilla, Antioquia, remitió el expediente a la Corte Constitucional, sin que exista pronunciamiento de la jurisdicción penal militar en el que reclame o niegue su competencia para asumir el proceso descrito con anterioridad.

En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional, se declaró inhibida y remitió el expediente al Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Marinilla, Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para dirimir el conflicto suscitado por el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Marinilla, Antioquia ante la ausencia del presupuesto subjetivo.
  2. Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-3852 al Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Marinilla, Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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